Extensión y Apoyos Educativos
Servicio
Social
El objetivo principal que se persigue, es formar profesionistas
comprometidos con su problemática social, individuos sensibles y dispuestos a
resolver con él más alto grado de responsabilidad los múltiples y complejos
problemas que se generan. En los diversos campos de la actividad humana, con
las herramientas teóricas y metodológicas necesarias.
Si quieres conocer más de este tema ingresa a la siguiente página: Dirección de Egresados y Servicio
Dirección de Egresados y Servicio Social
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Institucional de Servicio Social del IPN.
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Información
general
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¿Cuánto tiempo debe durar?
·
Debe realizarse en un tiempo no menos de 6 meses.
·
Cubrir como mínimo 480 horas.
·
Asistiendo 4 horas diarias.
·
Después de su horario de clases.
El servicio deberá prestarse durante un periodo mínimo de seis meses y máximo de dos años, quedando determinado el mismo por las características del programa al que este adscrito el prestador y su duración no podrá ser menor de cuatrocientas ochenta horas. La prestación será continua a efecto de que pueda cumplir sus objetivos.
Horario de atención.
Departamento de Extensión y Apoyos Educativos. Únicamente
·
Turno matutino: de Lunes a Viernes de 8:00 a 14:00 hrs.
·
Turno Vespertino de 16:00 a 21:00 hrs.
REGLAMENTO DE SERVICIO SOCIAL DEL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL.
Los requisitos para prestar el Servicio Social dentro del Instituto Politécnico
Nacional se enumeran a continuación, tomados del:
Artículo 11. El servicio deberá prestarse dentro de los programas que al efecto
se convengan con los sectores público, social y privado, así como los que
establezca el propio instituto.
Artículo 12. El servicio podrá ser Intrainstitucional o extrainstitucional y
realizarse en programas: I. Unidisciplinario; II. Interdisciplinario, y III.
Multidisciplinario.
Artículo 13. El servicio que se realice en programas intrainstitucionales será
gratuito.
Artículo 14. El servicio deberá prestarse durante un periodo mínimo de seis
meses y máximo de dos años, quedando determinado el mismo por las
características del programa al que este adscrito el prestador y su duración no
podrá ser menor de cuatrocientas ochenta horas. La prestación será continua a
efecto de que pueda cumplir sus objetivos.
Artículo 15. El servicio que realicen los prestadores nacionales o extranjeros
de los planteles deberá realizarse en el territorio de la República Mexicana,
en beneficio de la sociedad y el estado mexicanos. Para mayor referencia,
consulta el Reglamento de Servicio Social en: Reglamento del Servicio Social
del Instituto Politécnico Nacional Ver actividades de programas de acuerdo al
perfil.
Becas
Información general
Tipos de Becas
Proceso
PROPUESTA DE
REGLAMENTO PARA VISITAS ESCOLARES DE LA ESIT
El
presente reglamento tiene como finalidad establecer tanto para el alumno como
para el docente, los lineamientos necesarios para llevar a cabo de forma
satisfactoria una visita de tipo escolar tanto en las instalaciones del
instituto, como en dependencias o empresas ajenas al mismo.
La
aplicación de este reglamento será tanto para visitas en el área metropolitana,
como para aquellas que se realicen en el interior de la republica sin excepción
alguna.
CAPITULO:
UNO
SOLICITUD Y PLANEACIÓN DE LA VISITA.
Artículo
1. Todas las visitas escolares que se desarrollan en la ESIT,
independientemente de la Asignatura o especialidad que se trate, deberán de
planearse con un año de anticipación, de acuerdo a la información proporcionada
por las academias y que cubra con los requisitos de fundamento académico y
aprendizaje significativo correspondiente.
Artículo
2. Las visitas estarán programadas de acuerdo a grupo, semestre y plan de
estudios vigente
Artículo
3. Una vez asignada la visita escolar de acuerdo a calendario, el Departamento
de Extensión y Apoyo Educativo deberá de realizar la confirmación de la misma
mediante los siguientes pasos:
a)
Confirmación del
profesor que asistirá como responsable, el cual previamente debió de ser
designado por la academia.
b)
Confirmación de
asistencia del alumno mediante listado de grupo.
c)
En caso de no
completar la relación o listado final deberá de hacerse la invitación a alumnos
de otros grupos, siempre y cuando estos cursen la misma unidad de aprendizaje.
Artículo
4. Debe recordarse que la cantidad total de alumnos que podrán asistir a una
visita escolar dependerá de la autorización que proporcione la empresa misma.
Artículo
5. El jefe de cada Academia será el responsable directo de verificar que los
puntos anteriormente mencionados, se lleven a cabo de acuerdo al procedimiento
establecido.
CAPITULO:
DOS
CONDICIONES PREVIAS A LA VISITA
Artículo
1. El docente responsable de la visita deberá de estar presente 30 minutos
antes de la salida del autobús para revisar todos los detalles previos al
viaje, así como para efectuar el pase de lista a los alumnos que habrán de
asistir.
Artículo
2. El docente deberá asistir vistiendo formalmente (saco y corbata), portando
su credencial que lo acredite como personal de la escuela o con alguna otra
identificación oficial que lo acredite como el responsable directo que vendrá
indicado en el oficio de visita correspondiente.
Artículo
3. El alumno asistente a la visita deberá presentarse 20 minutos antes de la
salida del autobús, en el lugar indicado previamente por el profesor
responsable.
Artículo
4. El alumno deberá de presentarse vestido con pulcritud, evitando ropa o
accesorios holgados de riesgo.
·
4.1 Con respecto
a la vestimenta, el alumno asistirá con pantalón de mezclilla (azul), playera
tipo polo de color blanco (opcional: con el escudo de la escuela) y zapato bajo
cerrado o de tipo industrial (preferentemente de color negro).
·
4.2 Son
considerados accesorios de riesgo ropa holgada, bufandas, audífonos, joyería o
cualquier otro que represente un peligro para el alumno al momento de acercarse
a alguna maquina en funcionamiento.
·
4.3 Solo en caso
de que la empresa lo solicite, el alumno asistirá portando bata y cubre bocas.
Artículo
5. Al momento de abordar el autobús el alumno deberá de portar su credencial
que lo acredite como alumno de la institución, su carnet del seguro social y
alguna otra identificación oficial al momento de que el profesor haga el
correspondiente pase de lista.
Artículo
6. No se permitirá el acceso a la unidad de transporte, y por consiguiente no
se autoriza la salida a visita a todo aquel personal docente o alumno que se
presente al pase de lista en estado inconveniente o con síntomas de enfermedad.
CAPITULO:
TRES
DURANTE EL TRASLADO DEL GRUPO
Artículo
1. Durante el trayecto al lugar de visita y de regreso, el alumno deberá
presentar un comportamiento respetuoso con sus compañeros, profesor responsable
y operario del autobús. De igual manera, el docente y el operario del autobús
deberán de mantener esa condición de respeto para con el alumnado.
Artículo
2. Está permitido el consumo de alimentos y bebidas durante el traslado, tanto
en el viaje de ida, como en el de regreso.
Artículo
3. Queda estrictamente prohibido el consumo de bebidas alcohólicas o algún otra
sustancia psicotrópica para cualquier persona que se encuentre a bordo del autobús.
CAPITULO:
CUATRO
DESARROLLO DE LA VISITA Y CONCLUSIÓN
Artículo
1. Al llegar a la empresa o instalación indicada, el alumno deberá de portar en
todo momento su credencial de la escuela así como una libreta para realizar sus
anotaciones correspondientes.
Artículo
2. Durante el recorrido, el alumno deberá de seguir todas las indicaciones
hechas por el personal del lugar.
Artículo
3. Solo con autorización previa de la empresa el alumno podrá tomar fotografía
o video de las instalaciones, en caso contrario no se permitirá el acceso a la
misma con dispositivos electrónicos o de audio y video.
Artículo
4. Una vez terminado el recorrido el alumno abandonara las instalaciones en
forma ordenada y respetuosa.
Artículo
5. Una vez regresando a la escuela, el alumno deberá de elaborar un reporte
referente a la visita el cual pueda ser utilizado como material de evaluación
por el profesor de la unidad académica correspondiente.
CAPITULO:
CINCO
DE LAS SANCIONES
Artículo
1. Todo aquel alumno o docente que no cumpla con los lineamientos mencionados
en los puntos anteriores del presente reglamento será acreedor a las sanciones
correspondientes por la Normatividad Vigente del Instituto.
Jefe del Departamento de Extensión y Apoyos Educativos
Ing. Esteban Lucas Cárdenas.
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