Extensión y Apoyos Educativos



Servicio Social

El objetivo principal que se persigue, es formar profesionistas comprometidos con su problemática social, individuos sensibles y dispuestos a resolver con él más alto grado de responsabilidad los múltiples y complejos problemas que se generan. En los diversos campos de la actividad humana, con las herramientas teóricas y metodológicas necesarias.

Si quieres conocer más de este tema ingresa a la siguiente página: Dirección de Egresados y Servicio Dirección de Egresados y Servicio Social​

Si estas interesado en realizar tu servicio social consulta y registrate en el Sistema Institucional de Servicio Social del IPN​.


Aquí puedes obtener los formatos


Información general

¿Cuándo debe realizarse?

Contar con el 70% de créditos.

¿Cuánto tiempo debe durar?

·         Debe realizarse en un tiempo no menos de 6 meses.
·         Cubrir como mínimo 480 horas.
·         Asistiendo 4 horas diarias.
·         Después de su horario de clases.


El servicio deberá prestarse durante un periodo mínimo de seis meses y máximo de dos años, quedando determinado el mismo por las características del programa al que este adscrito el prestador y su duración no podrá ser menor de cuatrocientas ochenta horas. La prestación será continua a efecto de que pueda cumplir sus objetivos.


Horario de atención.


Departamento de Extensión y Apoyos Educativos. Únicamente
·         Turno matutino: de Lunes a Viernes de 8:00 a 14:00 hrs.
·         Turno Vespertino de 16:00 a 21:00 hrs.



REGLAMENTO DE SERVICIO SOCIAL DEL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL.

Los requisitos para prestar el Servicio Social dentro del Instituto Politécnico Nacional se enumeran a continuación, tomados del:

Artículo 11. El servicio deberá prestarse dentro de los programas que al efecto se convengan con los sectores público, social y privado, así como los que establezca el propio instituto.

Artículo 12. El servicio podrá ser Intrainstitucional o extrainstitucional y realizarse en programas: I. Unidisciplinario; II. Interdisciplinario, y III. Multidisciplinario.

Artículo 13. El servicio que se realice en programas intrainstitucionales será gratuito.

Artículo 14. El servicio deberá prestarse durante un periodo mínimo de seis meses y máximo de dos años, quedando determinado el mismo por las características del programa al que este adscrito el prestador y su duración no podrá ser menor de cuatrocientas ochenta horas. La prestación será continua a efecto de que pueda cumplir sus objetivos.

Artículo 15. El servicio que realicen los prestadores nacionales o extranjeros de los planteles deberá realizarse en el territorio de la República Mexicana, en beneficio de la sociedad y el estado mexicanos. Para mayor referencia, consulta el Reglamento de Servicio Social en: Reglamento del Servicio Social del Instituto Politécnico Nacional Ver actividades de programas de acuerdo al perfil.





Becas


Información general
http://www.sibec.ipn.mx

























Tipos de Becas



















































Proceso






















PROPUESTA DE REGLAMENTO PARA VISITAS ESCOLARES DE LA ESIT


El presente reglamento tiene como finalidad establecer tanto para el alumno como para el docente, los lineamientos necesarios para llevar a cabo de forma satisfactoria una visita de tipo escolar tanto en las instalaciones del instituto, como en dependencias o empresas ajenas al mismo.
La aplicación de este reglamento será tanto para visitas en el área metropolitana, como para aquellas que se realicen en el interior de la republica sin excepción alguna.

CAPITULO: UNO
SOLICITUD Y PLANEACIÓN DE LA VISITA.

Artículo 1. Todas las visitas escolares que se desarrollan en la ESIT, independientemente de la Asignatura o especialidad que se trate, deberán de planearse con un año de anticipación, de acuerdo a la información proporcionada por las academias y que cubra con los requisitos de fundamento académico y aprendizaje significativo correspondiente.

Artículo 2. Las visitas estarán programadas de acuerdo a grupo, semestre y plan de estudios vigente

Artículo 3. Una vez asignada la visita escolar de acuerdo a calendario, el Departamento de Extensión y Apoyo Educativo deberá de realizar la confirmación de la misma mediante los siguientes pasos:
a)     Confirmación del profesor que asistirá como responsable, el cual previamente debió de ser designado por la academia.
b)     Confirmación de asistencia del alumno mediante listado de grupo.
c)     En caso de no completar la relación o listado final deberá de hacerse la invitación a alumnos de otros grupos, siempre y cuando estos cursen la misma unidad de aprendizaje.

Artículo 4. Debe recordarse que la cantidad total de alumnos que podrán asistir a una visita escolar dependerá de la autorización que proporcione la empresa misma.

Artículo 5. El jefe de cada Academia será el responsable directo de verificar que los puntos anteriormente mencionados, se lleven a cabo de acuerdo al procedimiento establecido.



CAPITULO: DOS
CONDICIONES PREVIAS A LA VISITA

Artículo 1. El docente responsable de la visita deberá de estar presente 30 minutos antes de la salida del autobús para revisar todos los detalles previos al viaje, así como para efectuar el pase de lista a los alumnos que habrán de asistir.

Artículo 2. El docente deberá asistir vistiendo formalmente (saco y corbata), portando su credencial que lo acredite como personal de la escuela o con alguna otra identificación oficial que lo acredite como el responsable directo que vendrá indicado en el oficio de visita correspondiente.

Artículo 3. El alumno asistente a la visita deberá presentarse 20 minutos antes de la salida del autobús, en el lugar indicado previamente por el profesor responsable.

Artículo 4. El alumno deberá de presentarse vestido con pulcritud, evitando ropa o accesorios holgados de riesgo.
·        4.1 Con respecto a la vestimenta, el alumno asistirá con pantalón de mezclilla (azul), playera tipo polo de color blanco (opcional: con el escudo de la escuela) y zapato bajo cerrado o de tipo industrial (preferentemente de color negro).
·        4.2 Son considerados accesorios de riesgo ropa holgada, bufandas, audífonos, joyería o cualquier otro que represente un peligro para el alumno al momento de acercarse a alguna maquina en funcionamiento.
·        4.3 Solo en caso de que la empresa lo solicite, el alumno asistirá portando bata y cubre bocas.
Artículo 5. Al momento de abordar el autobús el alumno deberá de portar su credencial que lo acredite como alumno de la institución, su carnet del seguro social y alguna otra identificación oficial al momento de que el profesor haga el correspondiente pase de lista.
Artículo 6. No se permitirá el acceso a la unidad de transporte, y por consiguiente no se autoriza la salida a visita a todo aquel personal docente o alumno que se presente al pase de lista en estado inconveniente o con síntomas de enfermedad.


CAPITULO: TRES
DURANTE EL TRASLADO DEL GRUPO

Artículo 1. Durante el trayecto al lugar de visita y de regreso, el alumno deberá presentar un comportamiento respetuoso con sus compañeros, profesor responsable y operario del autobús. De igual manera, el docente y el operario del autobús deberán de mantener esa condición de respeto para con el alumnado.

Artículo 2. Está permitido el consumo de alimentos y bebidas durante el traslado, tanto en el viaje de ida, como en el de regreso.

Artículo 3. Queda estrictamente prohibido el consumo de bebidas alcohólicas o algún otra sustancia psicotrópica para cualquier persona que se encuentre a bordo del autobús.


CAPITULO: CUATRO
DESARROLLO DE LA VISITA Y CONCLUSIÓN

Artículo 1. Al llegar a la empresa o instalación indicada, el alumno deberá de portar en todo momento su credencial de la escuela así como una libreta para realizar sus anotaciones correspondientes.

Artículo 2. Durante el recorrido, el alumno deberá de seguir todas las indicaciones hechas por el personal del lugar.

Artículo 3. Solo con autorización previa de la empresa el alumno podrá tomar fotografía o video de las instalaciones, en caso contrario no se permitirá el acceso a la misma con dispositivos electrónicos o de audio y video.

Artículo 4. Una vez terminado el recorrido el alumno abandonara las instalaciones en forma ordenada y respetuosa.

Artículo 5. Una vez regresando a la escuela, el alumno deberá de elaborar un reporte referente a la visita el cual pueda ser utilizado como material de evaluación por el profesor de la unidad académica correspondiente.


CAPITULO: CINCO
DE LAS SANCIONES

Artículo 1. Todo aquel alumno o docente que no cumpla con los lineamientos mencionados en los puntos anteriores del presente reglamento será acreedor a las sanciones correspondientes por la Normatividad Vigente del Instituto.
   





Jefe del Departamento de Extensión y Apoyos Educativos

Ing. Esteban Lucas Cárdenas.
 Teléfono: 57-29-6000 Ext. 55191






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